
El #enfoque_radical formulado por #Henri_Lefebvre en 1968 criticaba la #falta_de_inclusión de los #habitantes en la #producción de #espacios_urbanos. Si bien el « #derecho_a_la_ciudad » es hoy una #idea ampliamente #compartida, #Matthias_Lecoq repasa la #evolución de este #concepto y #cuestiona su #potencial_emancipatorio.
Cincuenta años después de su definición por Henri Lefebvre (1968), el derecho a la ciudad sigue siendo más relevante que nunca. Sin embargo, es necesario actualizar su conocimiento de la ciudad, que ha ampliado su espectro y su dinámica de producción. No podemos entender la idea del derecho a la ciudad sin cuestionar su producción social. Este es el tema de una obra posterior de Lefebvre (La Production de l’espace, 1974): para el autor, la ciudad es el resultado de la interacción de las dinámicas que la atraviesan, y cuya morfología espacial es una consecuencia. Por extensión, la posibilidad de un derecho a la construcción de ciudades se aborda a través del lente de las relaciones de poder, en diversos grados, desde el poder colectivo para actuar hasta el poder económico y político.
Los comentarios de Lefebvre no son legalistas. Al formular la reivindicación de un derecho a la emancipación por parte de la ciudad, sienta las bases de un nuevo pensamiento urbano, intrínsecamente político. La originalidad de su enfoque no radica solo en un viaje comprometido (incluso en su manera de descubrir lo urbano, recorriendo Alemania a pie o realizando estudios de campo en Toscana) sino también en el vínculo que ‘Teje entre la filosofía y la ciudad. El derecho a la ciudad es un derecho a habitar, a apropiarse ya la libertad, lo que él llama derecho a la individualización en la socialización. Pero también es un derecho al trabajo que, según él, « no se puede concebir como un simple derecho de visita o de retorno a las ciudades tradicionales [y] sólo se puede formular como un derecho a la vida urbana, transformado , renovado ”(Lefebvre 1968, p. 35). Conecta el lugar urbano y el cosmos y ofrece un contexto a la vida política, al bios politikos en su relación etimológica con la ciudad (polis) y el ciudadano (polites). Así podemos entender la idea del derecho a la ciudad sugiriendo que afirma el derecho del habitante a la ciudadanía; es decir, jugar un papel en la ciudad para intervenir en su producción.
El trabajo de Lefebvre sigue siendo una contribución esencial para repensar la forma en que hacemos ciudades y cómo vivimos juntos. Partiendo de nuevo de una dialéctica entre teoría y empirismo, afirma que las actividades productoras de espacio que incluyen a los habitantes son el ejercicio concreto del derecho a la ciudad. Sin embargo, todo el problema es especificar qué significa esta inclusión. La praxis (en el sentido de acción transformadora) determina su ejercicio: la acción política concreta se lleva a cabo sobre la construcción de la ciudad según diferentes modalidades espaciales (el espacio del proyecto urbano, de la calle, del encuentro pero también el de la tecnología digital mediante la creación de plataformas de participación o mediante las redes sociales; el espacio de las instituciones a través de los ayuntamientos, etc.). Al reafirmar el poder de la praxis en el establecimiento de las relaciones sociales que constituyen la ciudad, Lefebvre propone concebir lo urbano como un campo de posibilidades de acción e inteligencia colectiva. En otras palabras, si la ciudad no es solo una morfología construida sino también y sobre todo un conjunto de dinámicas sociales, la potenciación de las posibilidades de cambio a través de la acción colectiva revela las oportunidades de transformación que existen en y a través de la ciudad.
Roles a jugar
Lefebvre considera así la intervención de los vecinos como un componente esencial de la producción espacial.
La transformación de la sociedad presupone la posesión y gestión colectiva del espacio a través de la intervención perpetua de "partes interesadas", con sus múltiples ya veces contradictorios. Entonces el enfrentamiento. Se trataría entonces, en el horizonte, en el límite de posibilidades, de producir el espacio de la especie humana, como obra colectiva genérica de esta especie, de crear (producir) el espacio planetario como soporte social de 'una vida cotidiana metamorfoseada (Lefebvre 1974, p. 484-485).
Interesarse por la producción de la ciudad significa, por tanto, ir más allá de la cuestión de su construcción material para mirar las prácticas y representaciones que también la definen. Si la construcción surge de una sucesión de opciones que se materializan en planes de desarrollo y políticas públicas históricamente monopolizadas por tomadores de decisiones técnicos y políticos, la producción urbana es en sí misma un proceso cuyo resultado depende de una multitud de actores. También procede de una relación dialéctica entre contenido y contenedor. Una ciudad está llena de símbolos y actividades que interactúan con lo que la regula y anima (leyes, habitantes, actividades económicas, movilidad, etc.). Se produce sobre todo por la actividad del habitante, que a su vez se desarrolla en un determinado entorno urbano. Aparte de las luchas urbanas, podemos identificar tres formas en las que los residentes ejercen su derecho a la ciudad

.El primer caso se relaciona con la práctica cotidiana: el habitante produce significado a través de sus actividades cotidianas, a través de sus usos ordinarios del espacio urbano. Este es el caso cuando los niños juegan en una plaza pública, los lugareños pasean por un río o cuando un grupo de jóvenes se sienta en un banco en las noches de verano. Estos usos, con su parte de placer pero también de inconveniencia, producen un cierto tipo de barrio, de atmósfera y, en definitiva, de ciudad.
En el segundo caso, el del secuestro, la acción surge de un deseo deliberado de cambiar el significado del espacio. Esta práctica espacial orientada y organizada, sin estar necesariamente ligada a la vida cotidiana, tiene una influencia directa en lo que es o podría ser una ciudad. El urbanismo táctico (ciclovías improvisadas, ocupación temporal de terrenos baldíos o desvío de mobiliario urbano) es el mejor ejemplo: los vecinos toman la iniciativa para modificar su contexto urbano, cada vez más con la complicidad de las instituciones; pero lo hacen principalmente en los márgenes.
Finalmente, los residentes pueden organizar o unirse a procesos participativos. En este contexto, pueden participar en iniciativas institucionales, donde generalmente se les pide su opinión sobre proyectos de desarrollo, o pueden preferir procesos autoorganizados por la sociedad civil, que luego se configuran como contraproyectos. En ambos casos, estos procesos trastocan la ingeniería tradicional de la producción urbana. Primero, porque esta participación lleva tiempo: hay que informar, comprender, escuchar, hablar, deliberar. Este proceso ralentiza la producción urbana haciéndola más compleja. En segundo lugar, la participación requiere espacio, porque es necesario abrir nuevos espacios de participación accesibles en derecho a toda la población. Así, además de los tradicionales encuentros públicos, las instituciones organizan órganos de participación, talleres, recorridos urbanos o incluso procesos digitales que convocan a las redes sociales y plataformas colaborativas; tantos espacios diferentes para el ejercicio del derecho a la ciudad de los habitantes.
El ejercicio del derecho a la ciudad pasa por estos tres roles. Este derecho a la posibilidad no se puede otorgar, sino que solo se reclama para que pueda realizarse. Desde el punto de vista de Lefebvre, el derecho a la ciudad no puede ser garantizado por las instituciones porque su ejercicio requiere una declaración y una acción. El derecho a la ciudad se reivindica, se expresa y luego se realiza. Si un contexto político de emancipación es terreno fértil, cumple los mismos requisitos de acción y enunciación y, por lo tanto, requiere habilidades políticas. Este círculo virtuoso puede ser facilitado por la presencia de terceros, por la formación, o incluso por la transparencia de los mecanismos de producción controlados por las instituciones. Pero, ¿qué queda entonces de la iniciativa de los habitantes, central para Lefebvre?
Del derecho al deber
El derecho a la ciudad, como la ciudadanía, necesita un marco para expresarse. Este marco se compone de varias capas, una acumulación de espacios superpuestos que lo convierten en un marco fundamentalmente político (Debarbieux 2014). El ejercicio del derecho a la ciudad implica, por un lado, la acción –es decir, actos ciudadanos de construcción y reflexión (participación en reuniones, instalación de mobiliario, jardinería, etc.) – y de el otro, un referente colectivo que validará y enriquecerá el proceso de adquisición de ciudadanía. Esto es lo que Joan Subirats (2011) llama la coproducción política de ciudadanía: el individuo construye vínculos con los demás, sintiendo corresponsabilidad y solidaridad. El autor propone una nueva concepción de ciudadanía a partir de su ejercicio:
una concepción de ciudadanía basada en los valores de igualdad de oportunidades, solidaridad, democracia y autonomía personal. Una ciudadanía que solo puede evolucionar y consolidarse mediante su propio ejercicio. Una ciudadanía que debe dejar de ser un simple receptáculo o receptor de derechos reconocidos para convertirse en un ejercicio permanente de corresponsabilidad y solidaridad social sobre problemas comunes (Subirats 2011, p. 86, traducción del autor).
Esta mirada a la praxis de la ciudadanía en relación con la cuestión de la producción de la ciudad se interesa por el proceso de creación de nuevos espacios de expresión ciudadana y valora los actos cotidianos en su relación con el espacio. El ciudadano ya no es el habitante que consume (vivienda, transporte, servicios) sino el que actúa a través de sus prácticas.
Esta acción diaria ya no define a la ciudad solo como un derecho, sino también como un deber. En los últimos años, la liberalización económica y política, así como la conciencia de los principales problemas ecológicos, han trasladado la responsabilidad de las políticas urbanas al lado de los habitantes de las ciudades. Si bien podemos dar la bienvenida al surgimiento de los dispositivos de planificación urbana participativa, es apropiado preguntarse sobre los límites de las medidas cautelares, de las cuales los habitantes de las ciudades también son el objetivo. En definitiva, la ciudad es el resultado de nuestra implicación y nuestras elecciones, de nuestra capacidad de cuestionarnos como sociedad urbana. Más que nunca, el derecho a la ciudad debe dar paso a la reflexión sobre los deberes compartidos entre vecinos, políticos y profesionales de la arquitectura y el urbanismo. Debe aplicarse a todas las escalas, desde el hogar al barrio y la ciudad, en un contexto urbano sujeto a presiones ambientales y sociales sin precedentes que requieren un replanteamiento colectivo, con el riesgo de no poder dar respuesta a los retos que se plantean. los nuestros.
Bibliografía
Certeau, M. de. 1990. La invención del diario, París: Folio.
Debardieux, B. 2014. "Spatialities in the Work of Hannah Arendt", Cybergeo: European Journal of Geography [en línea], documento 672.
Lefebvre, H. 1967. "El derecho a la ciudad", L'Homme et la société, n ° 6, p. 29-35.
Lefebvre, H. 1968. El derecho a la ciudad, París: Anthropos.
Lefebvre, H. 1974. La Production de l'Espace, París: Anthropos.
Subirats, J. 2011. Otra sociedad ¿otra política? : De “no nos representan” a la democracia de lo común, Barcelona: Icaria Asaco.

